Extienden el plazo para que los clubes de barrio mantengan los subsidios energéticos
✅La medida del Gobierno nacional se
extenderá hasta fin de año. Qué deben hacer los clubes de barrio para acceder.
El Gobierno nacional prorrogó hasta
el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los Clubes de Barrio y
de Pueblo que ya reciben subsidios energéticos completen el
trámite de reempadronamiento y puedan conservar el beneficio previsto por la
Ley Nº 27.098. La gestión deberá realizarse a través de la plataforma Trámites
a Distancia (TAD).
La medida fue dispuesta por la
Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética tras advertir que una
parte importante de las instituciones beneficiarias aún no logró finalizar el
proceso de reempadronamiento o se encuentra con sus solicitudes en etapa de
evaluación. De no extenderse el plazo, numerosos clubes podrían perder el
acceso a la tarifa social por cuestiones exclusivamente administrativas.
La medida, que alcanza a alrededor
de 12.000 instituciones sin fines de lucro, fue publicada este
miércoles en el Boletín Oficial a través de la Disposición 6. En rigor,
el subsidio para los clubes de barrio es el mismo al que
acceden los usuarios que están dentro del grupo de hogares con
subsidios del nuevo esquema que lanzó el Gobierno de Javier Milei en
enero, que anteriormente pertenecían al Nivel 2 de la
segmentación tarifaria.
Es decir, recibirán un bloque
subsidiado de 300 kilowatts por hora (kWh) mensuales en
electricidad entre enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto, diciembre. El
excedente consumido lo abonarán como la tarifa plena. Mientras que en marzo,
abril, septiembre, octubre y noviembre será de 150 kWh mensuales.
En gas, los bloques subsidiados tienen un tope de consumo que
varían según la distribuidora, el tipo de usuario residencial y el mes.
✅Subsidios para los clubes de barrio
La normativa aclara que la prórroga
tiene como objetivo garantizar la continuidad del procedimiento de análisis de
las solicitudes y permitir que todas las entidades que cumplan con los requisitos
establecidos por la Ley N.º 27.098 puedan ser evaluadas antes del vencimiento
del plazo.
Asimismo, el Gobierno remarcó
que la extensión no modifica los requisitos para acceder al beneficio ni
implica la incorporación automática de nuevas instituciones al régimen. Los
controles y las verificaciones sobre el cumplimiento de las condiciones
previstas en la legislación vigente continuarán desarrollándose durante el
período de prórroga.
La disposición también precisa
que la extensión alcanza únicamente al reempadronamiento de los clubes
que ya integran el régimen, mientras que las solicitudes de incorporación
de nuevas entidades seguirán tramitándose con el procedimiento actualmente
vigente y no forman parte de esta prórroga.
✅Qué deben hacer los clubes de barrio
Los clubes deberán completar el
formulario con información de la institución. En ese sentido, deberán:
·
Detallar la cantidad de sedes
y de cuentas de gas y electricidad a subsidiar.
·
Presentar una declaración
jurada aclarando que no están alcanzados por los criterios de
exclusión del beneficio en las facturas.
·
Presentar información del presidente
de la institución, su estatuto, el certificado que afirma que están inscriptos
en el Registro Nacional de Clubes de Barrio.
·
Ceder gratuitamente sus
instalaciones para actividades sociales, educativas no formales y
culturales en la comunidad a la que pertenecen.
·
Deberán responder si la
institución fue creada por una empresa comercial o con fines de lucro;
si el club arrenda sus instalaciones a alguna empresa de eventos o cadena
de gimnasios privados; si tiene su sede central en el extranjero;
y si comparte medidores de gas o electricidad con alguna empresa
comercial.
- Fuente: Agencia DIB